lunes, 25 de abril de 2011

¡Menuda se ha montado! ¡Copiad, Malditos!

Menuda se montó la semana pasada. Pero vayamos poco a poco. ¿Qué es lo que pasó?

La semana pasada se emitió en TVE (más concretamente el domingo 17 de abril de 2011 en La 2) el documental que enlazo más abajo, titulado "¡Copiad, Malditos!" y que trata sobre propiedad intelectual, derechos de autor, etc. Hasta aquí todo bien. ¿Qué es lo que lo hace tan peculiar? En primer lugar, que por primera vez en la Historia de RTVE, se emitió un documental sin la omnipresente (c) del Copyright y "Todos los derechos reservados", sino que estaba licenciado bajo una Creative Commons según la cual los usuarios quedan autorizados legalmente para descargarse el vídeo de Internet y distribuirlo.

Es más, lo verdaderamente sorprendente es que en el medio de comunicación que depende directamente del Gobierno tras el cual se encuentra la llamada Ley Sinde, se diera voz y voto a aquellos que se posicionan en contra de los derechos de autor entendidos en su forma más tradicional, poniendo en entredicho la actual legislación sobre propiedad actual en nuestro país y muy especialmente a los mecanismos de actuación de la SGAE (Sociedad General de Autores Españoles), y manifestándose claramente a favor de la cultura libre y del copyleft. Todo esto, ¿estará teniendo (o tendrá) consecuencias sobre determinados miembros de la plantilla de RTVE?



Para hacernos una idea del impacto del documental sobre el ciberespacio español, tan sólo es necesario conocer que durante las horas posteriores a su emisión, #copiadmalditos se convirtió en trending topic de Twitter. Y como os podéis imaginar, el "postpartido" resultó el mismo de siempre: Alejandro Sanz atacando a los letrados David Bravo y Javier de la Cueva, Lorenzo Silva por el medio quejándose de haber sido víctima de la tijera, y en definitiva, mucha bronca y ningún consenso (vamos, algo similar a lo que ocurre con el "Toros, sí vs. Toros, no").

Una última reflexión sobre un aspecto que me ha dejado relativamente a cuadros. Según el documental, la idea es licenciarlo como copyleft acorde con la cultura libre. Pero si bien es cierto que la licencia elegida es de tipo Creative Commons, su tipo específico es el siguiente: BY/NC 3.0 Unported. El "BY" quiere decir "Reconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.", mientras que el "NC" indica "No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.". En resumen, el uso de esta licencia implica que:

"Reconocimiento - NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales."

Por tanto, ¿se puede considerar copyleft una licencia según la cual puedo descargar y redistribuir la obra así como generar obras derivadas a partir de ella, pero que no me permite explotar comercialmente ni la obra original ni sus derivadas? Hasta donde yo sé, se puede considerar una obra como libre siempre y cuando se pueda copiar, distribuir, exponer y/o representar, realizar trabajos derivados, y adicionalmente, se pueda llevar a cabo cualquiera de los puntos anteriores con ánimo de lucro si así se desea. Así que, según la información que yo tengo, la respuesta a la pregunta es que no. Si hay alguien que pueda argumentarme lo contrario, lo leeré encantado :-).

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